LOS PESCADORES ARTESANALES ESTARÁN EXENTOS DEL PAGO DE CANON CONTRIBUTIVO

02.06.2025

La Dirección General de Pesca y Acuicultura (Digepesca), adscrita a la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), reafirmó que el cobro del canon contributivo es dirigido a la pesca industrial como una medida legal y necesaria para garantizar el manejo sostenible de los recursos pesqueros y brindar beneficios sociales a los trabajadores del sector pesquero en el país.

Este canon, cuya implementación comenzó en julio de 2024, está contemplado en el artículo 69 de la Ley de Pesca y Acuicultura, vigente desde 2017. De acuerdo con la normativa, todas las embarcaciones industriales que capturan especies como langosta, camarón, pepino de mar, caracol y peces de escama deben pagar un monto por cada libra de producto extraído.

Para este año, se proyecta una recaudación de aproximadamente 21.3 millones de lempiras, fondos que serán destinados a fortalecer la pesca artesanal y mejorar las condiciones de vida de los pescadores, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad.

El canon se cobra anualmente, por temporada pesquera, y varía según el tipo de recurso. Por ejemplo: Langosta: L. 3.80 por libra capturada. Camarón: L. 1.50 por libra. Caracol: L. 3.80 por libra. Este pago es obligatorio para cada embarcación de la flota industrial, de acuerdo con la actividad pesquera a la que se dedique.

El artículo 69 de la ley establece que los fondos recaudados se distribuyen de la siguiente manera: 40% para actividades de protección, vigilancia e inspección de los recursos pesqueros, 25% para programas de investigación pesquera, fundamentales para conocer el estado de las especies y establecer cuotas de pesca, 20% para apoyar la reconversión de la pesca artesanal, 15% para programas de protección social dirigidos a pescadores en condición de vulnerabilidad.


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